Jueves 16 de mayo 2024

Hicieron “cuento del tío” en Trenel y van a la cárcel

Redaccion 01/05/2024 - 12.14.hs

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a Lucas Omar De Lima, de 25 años, y a José Antonio Paniagua, de 42, como autores del delito de estafa en calidad de coautores por dos hechos, a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento.

 

Los hechos comprobados ocurrieron el 20 de octubre del año pasado, cuando los imputados desapoderaron de 16.840 dólares a una mujer; y el 2 de noviembre cuando hicieron lo propio con otra mujer con 3500 dólares y 15.000 pesos. Ambas víctimas se domicilian en Trenel y la maniobra defraudatoria fue idéntica en los dos casos.

 

En el primer episodio, la damnificada recibió un llamado a su teléfono fijo y una voz masculina le manifestó que era su hijo, refiriéndole que debía cambiar los dólares, por lo que debía acercarse al cajero automático para firmar una planilla. Mientras su esposo se presentaba en el cajero automático, en su vivienda se presentó un hombre, quien le manifestó ir de parte de su hijo para retirar el dinero, por lo que la víctima le entregó los 16.840 dólares.

 

En el segundo caso la víctima también recibió un llamado telefónico y nuevamente una voz masculina dijo ser su hijo, expresándole que él se encontraba en el banco, pero que un amigo se presentaría a retirar billetes que tenían guardados en el domicilio, ya que dejarían de circular y había que cambiarlos. A los pocos minutos se presentó un hombre y la mujer le dio e 3500 dólares y 15.000 pesos, según informó Prensa del STJ.

 

El abreviado fue acordado entre el fiscal general Armando Agüero, la defensora particular Laura Vaquero y los imputados. Las partes, al momento de presentar el escrito, manifestaron haber notificado a las damnificadas sobre sus alcances, quienes también brindaron su consentimiento.

 

Al momento de imponer la pena, Pregno señaló que del Registro Nacional de Reincidencias surgió que el 21 de octubre de 2021, el Juzgado de Primera Circunscripción Judicial de Viedma (…) , dispuso la suspensión del proceso a prueba (contra Paniagua) , por el plazo de dos años, imponiéndole como regla de conducta, entre otras, la de no cometer nuevos delitos.

 

Habiendo cometidos los delitos en territorio pampeana, el juez ordenó remitir la sentencia al Juzgado de Primera Circunscripción Judicial de Viedma, “a efectos de disponer lo que corresponda” en el marco del legajo abierto en Río Negro.

 

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