Domingo 14 de abril 2024

Son ilegales las fotomultas en Córdoba

Redacción 16/06/2014 - 03.54.hs

En 2007, el Estado cordobés fijó por decreto que los municipios de la provincia podrían cobrar multas sobre rutas, solo si cumplen varios requisitos. Casi todas las municipalidades privatizaron el servicio.
Es habitual escuchar charlas entre pampeanos que, tras un viaje a la provincia de Córdoba, muestran su enojo por las multas que cobra la Policía a la salida de pequeñas localidades, gran parte de ellas producto de un celo excesivo en los controles.
Según un informe periodístico, al menos seis municipios cordobeses sigue cobrando multas, mediante cámaras o radares que detectan cruces de semáforos en rojo, velocidad no permitida o circulación sin luces encendidas, en rutas que atraviesan zonas urbanas.
Sin embargo, el Ministerio de Gobierno y Seguridad de Córdoba ratificó ahora que las multas que aplican esos municipios sobre rutas no son legales. La polémica ya lleva una década en esa provincia e incluso hay un fallo del Tribunal Superior de Justicia que dictaminó en el mismo sentido, según recordó el diario La Voz del Interior.
El gobierno cordobés envió notificaciones "a los seis municipios" que utilizan las multas y recordó que están prohibidas por un decreto de 2007. Las comunas que sostienen ese tipo de fotomultas son James Craik (sobre ruta 9), Las Perdices (ruta 158), Balnearia (ruta 17), Los Cóndores (ruta 36), Villa del Dique (ruta 5) y General Roca (ruta 9).
Según el informe del matutino, llegaron a ser casi 20 las localidades cordobesas que las aplicaban sobre rutas que las atravesaban. Varias las fueron dejando, entre polémicas e intimaciones, pero otras se agregaron, siempre con un fin "claramente recaudatorio" y no como un plan de prevención de siniestros viales, según distintos diputados cordobeses que opinaron sobre la polémica.
Casi todas las municipalidades privatizaron el servicio: contratan a una empresa privada que se queda con el 70 u 80 por ciento de la recaudación por multas, a cambio de colocar cámaras, detectar infracciones y gestionar cobros.

 

"Lagunas".
La Voz del Interior resaltó que la discusión sobre la legalidad "siempre se aprovechó de lagunas jurídicas que no terminaban de resolver si en esos tramos urbanos de ruta debían primar las leyes provinciales o las autonomías de los municipios". Pero un dictamen del Tribunal Superior de Justicia de 2012, "del que hasta las partes en conflicto parecen no haberse enterado, fijó un criterio que crea jurisprudencia".
En realidad -agregó el artículo-, no están en discusión todos los sistemas municipales de multas con fotos o radares. La Provincia reconoce que cada municipio es autónomo para definir el control del tránsito en sus calles y avenidas urbanas. De hecho, varias ciudades (como Río Cuarto, Villa María y Río Tercero, entre otras) tienen semáforos filmados para sancionar infracciones urbanas.

 

Decreto.
El debate está centrado solo cuando aparecen en tramos de ruta que, según la Provincia, aunque pasen por zonas urbanas son de su dominio. En 2007, la Provincia fijó por decreto que los municipios podrían cobrar multas sobre rutas, sólo si cumplen varios requisitos: el principal es que las actas sean entregadas a los infractores en mano, al momento, y no enviadas a domicilio luego.
También exige que el sistema sea autorizado por la Provincia, que los equipos estén homologados por organismos nacionales y que haya inspectores presentes en el lugar labrando las actas. Los municipios, de acuerdo al diario cordobés, replican que les resulta imposible poner inspectores las 24 horas en esos puntos y detener a los automovilistas sin policías.

 


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